LGOAAC

Artículo 45-P. Derogacion del Articulo 45-P

El articulo 45-P fue adicionado el 3 de enero de 1990, reformado el 15 de julio de 1993 y derogado el 18 de julio de 2006. Su derogacion implica que ya no es aplicable.

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Texto Legal

Se deroga. Artículo adicionado DOF 03-01-1990. Reformado DOF 15-07-1993. Derogado DOF 18-07-2006

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La derogacion de este articulo puede tener repercusiones en la aplicacion de otras normativas. Es esencial revisar la ley en su totalidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45-P del LGOAAC?

El articulo 45-P fue adicionado el 3 de enero de 1990, reformado el 15 de julio de 1993 y derogado el 18 de julio de 2006. Su derogacion implica que ya no es aplicable.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 45-P de la LEY de Organizaciones y Actividades Auxiliares ...?

[IA] La derogacion de este articulo puede tener repercusiones en la aplicacion de otras normativas. Es esencial revisar la ley en su totalidad.

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