LGOAAC

Artículo 87-. Asociaciones gremiales de sociedades financieras

Permite la creación de asociaciones gremiales que desarrollen estándares de conducta y operación para las sociedades financieras de objeto múltiple, promoviendo el cumplimiento normativo y la mejora continua.

asociaciones gremialesestandarescumplimiento normativo
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 14 de noviembre de 2025. Verificado en 2026.

Texto Legal

Las sociedades financieras de objeto múltiple podrán agruparse en las respectivas asociaciones gremiales, las cuales podrán llevar a cabo, entre otras funciones, el desarrollo y la implementación de estándares de conducta y operación que deberán cumplir sus agremiados, a fin de contribuir al sano desarrollo de las mencionadas sociedades.

Las asociaciones gremiales de sociedades financieras de objeto múltiple, en términos de sus estatutos, podrán emitir, entre otras, normas relativas a:

I. Los requisitos de ingreso, exclusión y separación de sus agremiados;

II. El proceso para la adopción de normas y la verificación de su cumplimiento, y

III. Los estándares y políticas para un adecuado cumplimiento de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 Bis de esta Ley.

Las asociaciones gremiales podrán llevar a cabo evaluaciones periódicas a sus agremiados sobre el cumplimiento de las normas que expidan dichas asociaciones. Cuando de los resultados de dichas evaluaciones tengan conocimiento del incumplimiento a lo dispuesto en la presente Ley y en las disposiciones de carácter general a que se refiere la fracción III anterior, dichas asociaciones deberán informarlo a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sin perjuicio de las facultades de supervisión que corresponda ejercer a la propia Comisión. Asimismo, dichas asociaciones deberán llevar un registro de las medidas correctivas y disciplinarias que apliquen a sus agremiados, el cual estará a disposición de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Las normas autorregulatorias que se expidan en términos de lo previsto en este artículo no podrán contravenir o exceptuar lo establecido en la presente Ley y demás disposiciones aplicables. Artículo adicionado DOF 10-01-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las sociedades deben considerar unirse a asociaciones gremiales para beneficiarse de las mejores prácticas y estándares del sector. Esto puede mejorar su reputación y cumplimiento normativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 87- del LGOAAC?

Permite la creación de asociaciones gremiales que desarrollen estándares de conducta y operación para las sociedades financieras de objeto múltiple, promoviendo el cumplimiento normativo y la mejora continua.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 87- de la LEY de Organizaciones y Actividades Auxiliares ...?

[IA] Las sociedades deben considerar unirse a asociaciones gremiales para beneficiarse de las mejores prácticas y estándares del sector. Esto puede mejorar su reputación y cumplimiento normativo.

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