LGPSACDII

Artículo 19. Objetivos de la Política Nacional

Este artículo detalla los objetivos clave de la Política Nacional en materia de servicios infantiles, incluyendo la dignidad de los niños y el acceso a servicios para poblaciones vulnerables. Se busca mejorar la calidad y equidad en la atención.

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Texto Legal

La Política Nacional a la que se refiere el presente Capítulo, deberá tener al menos los siguientes objetivos:

I. Garantizar el reconocimiento de la dignidad de niñas y niños, a partir de la creación de las condiciones necesarias de respeto, protección y ejercicio pleno de sus derechos;

II. Promover el acceso de niñas y niños con discapacidad, que se encuentren en situación de calle, que habiten en el medio rural, migrantes o jornaleros agrícolas, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y en general población que habite en zonas marginadas o de extrema pobreza, a los servicios que señala esta Ley, sin importar sus condiciones físicas, intelectuales o sensoriales, acorde con los modelos de atención; Fracción reformada DOF 01-04-2024

III. Definir criterios estandarizados de calidad y seguridad;

IV. Contribuir al mejoramiento progresivo y al fortalecimiento de los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil;

V. Promover pautas de convivencia familiar y comunitaria fundadas en el respeto, protección y ejercicio de los derechos de niñas y niños;

VI. Fomentar la equidad de género; Fracción reformada DOF 26-01-2018

LEY GENERAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN, CUIDADO Y DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VII. Garantizar criterios cuantitativos y cualitativos de los servicios, de conformidad con las prioridades que defina el Consejo, y de los requerimientos y características de los modelos de atención, y Fracción reformada DOF 26-01-2018

VIII. Implementar mecanismos de participación de padres de familia y de quienes ejercen la tutela de niñas y niños, para el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de los servicios que presten los Centros de Atención. Fracción adicionada DOF 26-01-2018

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los objetivos establecidos son fundamentales para guiar la acción de los centros de atención, y es esencial que se alineen con estos principios para garantizar su efectividad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del LGPSACDII?

Este artículo detalla los objetivos clave de la Política Nacional en materia de servicios infantiles, incluyendo la dignidad de los niños y el acceso a servicios para poblaciones vulnerables. Se busca mejorar la calidad y equidad en la atención.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la LEY de Prestación de Servicios para la Atención...?

[IA] Los objetivos establecidos son fundamentales para guiar la acción de los centros de atención, y es esencial que se alineen con estos principios para garantizar su efectividad.

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