LGPSACDII

Artículo 46. Modificaciones estructurales en inmuebles

Las modificaciones o reparaciones estructurales en los inmuebles deben ser realizadas por personal capacitado y fuera del horario de servicios. Esto garantiza la seguridad de los menores durante la atención.

modificacionesinmueblesserviciosseguridad

Texto Legal

Cualquier modificación o reparación estructural del Inmueble deberá realizarse por personal capacitado fuera del horario en el que se prestan los servicios.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los centros de atención programen adecuadamente estas reparaciones para evitar interrupciones en el servicio y asegurar la seguridad de los menores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 46 del LGPSACDII?

Las modificaciones o reparaciones estructurales en los inmuebles deben ser realizadas por personal capacitado y fuera del horario de servicios. Esto garantiza la seguridad de los menores durante la atención.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 46 de la LEY de Prestación de Servicios para la Atención...?

[IA] Es importante que los centros de atención programen adecuadamente estas reparaciones para evitar interrupciones en el servicio y asegurar la seguridad de los menores.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 46 del LGPSACDII?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 46 LGPSACDII desde tu celular