LGPSACDII

Artículo 73. Infracciones de servidores publicos

Las violaciones a la Ley por parte de servidores públicos constituyen infracción y serán sancionadas. Esto asegura que todos los actores involucrados en la atención infantil cumplan con sus responsabilidades.

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Texto Legal

Las violaciones a los preceptos de esta Ley, sus reglamentos y disposiciones que de ella emanen, por parte de los servidores públicos de la Federación, constituyen infracción y serán sancionados en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delitos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los centros conozcan las implicaciones de las infracciones cometidas por servidores públicos. La transparencia y la rendición de cuentas son esenciales en este contexto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 73 del LGPSACDII?

Las violaciones a la Ley por parte de servidores públicos constituyen infracción y serán sancionadas. Esto asegura que todos los actores involucrados en la atención infantil cumplan con sus responsabilidades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 73 de la LEY de Prestación de Servicios para la Atención...?

[IA] Es importante que los centros conozcan las implicaciones de las infracciones cometidas por servidores públicos. La transparencia y la rendición de cuentas son esenciales en este contexto.

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