LGPDPPSO

Artículo 12. Finalidades del Tratamiento

El tratamiento de datos personales debe estar justificado por finalidades concretas y lícitas. Esto asegura que el uso de los datos sea transparente y legal.

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 14 de noviembre de 2025. Verificado en 2026.

Texto Legal

Todo tratamiento de datos personales que efectúe el responsable deberá estar justificado por finalidades concretas, lícitas, explícitas y legítimas, relacionadas con las atribuciones que la normatividad aplicable les confiera. El responsable podrá tratar datos personales para finalidades distintas a aquéllas establecidas en el aviso de privacidad, siempre y cuando cuente con atribuciones conferidas en la legislación aplicable y medie el consentimiento de la persona titular, salvo que sea una persona reportada como desaparecida, en los términos previstos en la presente Ley y demás disposiciones que resulten aplicables en la materia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las organizaciones deben documentar y justificar las finalidades del tratamiento de datos para demostrar cumplimiento y transparencia ante autoridades y titulares.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LGPDPPSO?

El tratamiento de datos personales debe estar justificado por finalidades concretas y lícitas. Esto asegura que el uso de los datos sea transparente y legal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY de Protección de Datos Personales en Posesi...?

[IA] Las organizaciones deben documentar y justificar las finalidades del tratamiento de datos para demostrar cumplimiento y transparencia ante autoridades y titulares.

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