El responsable debe informar a los titulares sobre el tratamiento de sus datos a través de un aviso de privacidad claro y accesible. Esto les permite tomar decisiones informadas sobre su información personal.
El responsable deberá informar a la persona titular, a través del aviso de privacidad, la existencia y características principales del tratamiento al que serán sometidos sus datos personales, a fin de que pueda tomar decisiones informadas al respecto. El aviso de privacidad deberá ser difundido por los medios electrónicos y físicos con que cuente el responsable, asimismo, deberá ponerse a disposición en su modalidad simplificada. Para que el aviso de privacidad cumpla de manera eficiente con su función de informar, deberá estar redactado y estructurado de manera clara y sencilla. Cuando resulte imposible dar a conocer a la persona titular el aviso de privacidad, de manera directa o ello exija esfuerzos desproporcionados, el responsable podrá instrumentar medidas compensatorias de comunicación masiva de acuerdo con los criterios que para tal efecto emita la Secretaría.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Un aviso de privacidad bien estructurado es clave para la confianza del usuario. Considerar la simplificación del aviso puede mejorar su comprensión.
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Art. 19. Datos necesarios para el tratamiento
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Art. 21. Contenido del aviso de privacidad
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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