El artículo permite al responsable contratar servicios en la nube, siempre que el proveedor garantice políticas de protección de datos equivalentes a las de la ley. Esto es relevante para la seguridad de los datos.
El responsable podrá contratar o adherirse a servicios, aplicaciones e infraestructura en el cómputo en la nube, y otras materias que impliquen el tratamiento de datos personales, siempre y cuando la persona proveedora externa garantice políticas de protección de datos personales equivalentes a los principios y deberes establecidos en la presente Ley y demás disposiciones que resulten aplicables en la materia. En su caso, el responsable deberá delimitar el tratamiento de los datos personales por parte de la persona proveedora externa a través de cláusulas contractuales u otros instrumentos jurídicos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Al contratar servicios en la nube, verifique que el proveedor cumpla con las normativas de protección de datos. Esto es crucial para evitar brechas de seguridad.
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