Las cooperativas de consumidores pueden dedicarse a abastecimiento, distribución y servicios relacionados con educación y vivienda. Esto les permite diversificar sus actividades y aumentar su impacto.
Las sociedades cooperativas de consumidores podrán dedicarse a actividades de abastecimiento y distribución, así como a la prestación de servicios relacionados con la educación o la obtención de vivienda. Artículo reformado DOF 04-06-2001
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Diversificar las actividades de las cooperativas puede ser una estrategia efectiva para mejorar su sostenibilidad. Es recomendable realizar un análisis de mercado para identificar oportunidades.
Anterior
Art. 25. Excedentes de compradores no asociados
Siguiente
Art. 27. Definición de cooperativas de productores
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo