LGT

Artículo 14. Atlas Turístico de México

La Secretaría coordinará la elaboración del Atlas Turístico de México, una herramienta para la promoción de la actividad turística. Este atlas tendrá carácter público y será esencial para el sector.

atlas turisticopromocionherramienta

Texto Legal

Para elaborar el Atlas Turístico de México la Secretaría se coordinará con otras dependencias e instituciones y en forma concurrente con las Entidades Federativas y Municipios.

El Atlas Turístico de México es una herramienta para la promoción de la actividad turística, teniendo carácter público.

CAPÍTULO II De la Incorporación de la Actividad Turística a las Cadenas Productivas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] El Atlas Turístico puede ser una herramienta valiosa para el análisis de mercado. Los profesionales deben estar atentos a su publicación y contenido para aprovechar oportunidades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del LGT?

La Secretaría coordinará la elaboración del Atlas Turístico de México, una herramienta para la promoción de la actividad turística. Este atlas tendrá carácter público y será esencial para el sector.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la LEY de Turismo?

[IA] El Atlas Turístico puede ser una herramienta valiosa para el análisis de mercado. Los profesionales deben estar atentos a su publicación y contenido para aprovechar oportunidades.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 14 del LGT?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 14 LGT desde tu celular