LGT

Artículo 64. Estudios e investigaciones turísticas

La Secretaría realizará investigaciones para mejorar la enseñanza turística a nivel superior y de postgrado. Esto busca fortalecer la formación del personal en el sector turístico.

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Texto Legal

La Secretaría realizará estudios e investigaciones en materia turística, y llevará a cabo acciones para mejorar y complementar la enseñanza turística a nivel superior y de postgrado, dirigida al personal de instituciones públicas, privadas y sociales vinculadas y con objeto social relativo al turismo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboración con instituciones educativas puede ser una oportunidad para los prestadores de servicios turísticos. Participar en programas de formación puede elevar la calidad del servicio ofrecido.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 64 del LGT?

La Secretaría realizará investigaciones para mejorar la enseñanza turística a nivel superior y de postgrado. Esto busca fortalecer la formación del personal en el sector turístico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 64 de la LEY de Turismo?

[IA] La colaboración con instituciones educativas puede ser una oportunidad para los prestadores de servicios turísticos. Participar en programas de formación puede elevar la calidad del servicio ofrecido.

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