LGMDFP

Artículo 59. Consejo Ciudadano de consulta

El Consejo Ciudadano actúa como un órgano de consulta dentro del Sistema Nacional, enfocándose en la búsqueda de personas desaparecidas. Su función es asesorar y proponer acciones relevantes.

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Texto Legal

El Consejo Ciudadano es un órgano ciudadano de consulta del Sistema Nacional, en materia de búsqueda de personas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La participación del Consejo Ciudadano puede enriquecer las políticas de búsqueda. Se recomienda a los abogados colaborar con este órgano para mejorar la efectividad de las acciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 59 del LGMDFP?

El Consejo Ciudadano actúa como un órgano de consulta dentro del Sistema Nacional, enfocándose en la búsqueda de personas desaparecidas. Su función es asesorar y proponer acciones relevantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 59 de la LEY en Materia de Desaparición Forzada de Perso...?

[IA] La participación del Consejo Ciudadano puede enriquecer las políticas de búsqueda. Se recomienda a los abogados colaborar con este órgano para mejorar la efectividad de las acciones.

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