LGMDFP

Artículo 72. Medidas cautelares para servidores publicos

Los servidores públicos imputados por desaparición forzada pueden ser sujetos a medidas cautelares, como la suspensión temporal de su cargo. Esto busca evitar interferencias en las investigaciones.

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Texto Legal

El servidor público que sea señalado como imputado por el delito de desaparición forzada de personas, y que por razón de su encargo o influencia pueda interferir u obstaculizar las acciones de búsqueda o las investigaciones, podrá ser sujeto de medidas cautelares como la suspensión temporal de su encargo, entre otras, por la autoridad jurisdiccional competente, de conformidad con lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Adicionalmente a lo previsto en el párrafo anterior, el superior jerárquico puede adoptar las medidas administrativas y adicionales necesarias para impedir que el servidor público interfiera con las investigaciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La posibilidad de suspender a servidores públicos imputados es una herramienta importante para mantener la integridad de las investigaciones. Los abogados deben estar preparados para manejar estos casos de manera adecuada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 72 del LGMDFP?

Los servidores públicos imputados por desaparición forzada pueden ser sujetos a medidas cautelares, como la suspensión temporal de su cargo. Esto busca evitar interferencias en las investigaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 72 de la LEY en Materia de Desaparición Forzada de Perso...?

[IA] La posibilidad de suspender a servidores públicos imputados es una herramienta importante para mantener la integridad de las investigaciones. Los abogados deben estar preparados para manejar estos casos de manera adecuada.

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