LGMHCTI

Artículo 72. Órgano Interno Consultivo

El Consejo Nacional contará con un Órgano Interno Consultivo que promoverá la participación de la comunidad en la formulación de propuestas y líneas de acción.

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Texto Legal

El Consejo Nacional contará con un Órgano Interno Consultivo al que le son aplicables las bases señaladas en el artículo 26 de la presente Ley, además de las siguientes:

I. Promover la participación democrática y directa, al igual que la expresión sin mediaciones de la comunidad y de los sectores social y privado, así como de las autoridades en materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación de las entidades federativas sin perjuicio de que el Consejo Nacional promueva otros espacios de participación que ayuden a canalizar sus opiniones y propuestas;

II. Participar en la integración de la Agenda Nacional mediante la formulación de propuestas de líneas de acción en torno de asuntos estratégicos o prioritarios para el desarrollo del país y temas de interés público nacional o de atención indispensable en la materia, en particular con las aportaciones de las autoridades en materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación de las entidades federativas;

LEY GENERAL EN MATERIA DE HUMANIDADES, CIENCIAS, TECNOLOGÍAS E INNOVACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 08-05-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

III. Sugerir temas, objetivos, estrategias y líneas de acción para el Programa Especial;

IV. Opinar acerca del informe nacional sobre el estado general que guardan las humanidades, las ciencias, las tecnologías y la innovación;

V. Formular opiniones y propuestas respecto de los asuntos competencia de la Junta de Gobierno del Consejo Nacional, y

VI. Brindar asesoría técnica y apoyo institucional al Consejo Nacional en los asuntos que se sometan a su consideración.

El Consejo Nacional tomará en cuenta las opiniones y propuestas de su Órgano Interno Consultivo y, en su caso, las canalizará con las autoridades e instancias correspondientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La participación en el Órgano Interno Consultivo es una oportunidad para influir en políticas. Los interesados deben buscar involucrarse y presentar propuestas relevantes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 72 del LGMHCTI?

El Consejo Nacional contará con un Órgano Interno Consultivo que promoverá la participación de la comunidad en la formulación de propuestas y líneas de acción.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 72 de la LEY en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnol...?

[IA] La participación en el Órgano Interno Consultivo es una oportunidad para influir en políticas. Los interesados deben buscar involucrarse y presentar propuestas relevantes.

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