Las empresas deben registrar sus planes de manejo de residuos peligrosos y otros tipos ante la Secretaría y las autoridades correspondientes. Los planes que contravengan la Ley no podrán aplicarse.
Las empresas o establecimientos responsables de los planes de manejo deben presentar, para su registro a la Secretaría, los relativos a los residuos peligrosos, a los residuos mineros y a los residuos metalúrgicos; y para efectos de su conocimiento a las autoridades estatales los residuos de manejo especial, y a las municipales para el mismo efecto los residuos sólidos urbanos, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y según lo determinen su Reglamento y demás ordenamientos que de ella deriven. Párrafo reformado DOF 08-05-2023
En caso de que los planes de manejo planteen formas de manejo contrarias a esta Ley y a la normatividad aplicable, el plan de manejo no deberá aplicarse.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Asegurarse de que los planes de manejo estén alineados con la Ley es fundamental para evitar su rechazo. La colaboración con expertos puede facilitar este proceso.
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