LGPGIR

Artículo 60. Participación social en gestión de residuos

Los representantes de sectores sociales participarán en la formulación de planes para la prevención y reducción de emisiones de contaminantes en el manejo de residuos. Esto promueve la colaboración y transparencia en la gestión ambiental.

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Texto Legal

Los representantes de los distintos sectores sociales participarán en la formulación de los planes y acciones que conduzcan a la prevención, reducción o eliminación de emisiones de contaminantes orgánicos persistentes en el manejo de residuos, de conformidad a las disposiciones de esta Ley, y en cumplimiento a los convenios internacionales en la materia, de los que México sea parte.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboración con diferentes sectores puede enriquecer los planes de gestión de residuos. Las empresas deben estar abiertas a la participación social para mejorar sus prácticas ambientales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 60 del LGPGIR?

Los representantes de sectores sociales participarán en la formulación de planes para la prevención y reducción de emisiones de contaminantes en el manejo de residuos. Esto promueve la colaboración y transparencia en la gestión ambiental.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 60 de la LEY para la Prevención y Gestión Integral de lo...?

[IA] La colaboración con diferentes sectores puede enriquecer los planes de gestión de residuos. Las empresas deben estar abiertas a la participación social para mejorar sus prácticas ambientales.

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