LGPSEDMTP

Artículo 108. Programas de Desarrollo Local

El Gobierno Federal y los gobiernos estatales deben implementar programas de desarrollo local que incluyan medidas para contrarrestar las condiciones que aumentan el riesgo de trata de personas. Esto incluye acciones en salud, educación y vivienda.

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Texto Legal

El Gobierno Federal y los gobiernos de las entidades federativas, en el marco de la Ley General de Desarrollo Social, llevarán a cabo programas de desarrollo local que deberán incluir acciones de asistencia, ayudas alimenticias, campañas de salud, educación, vivienda y demás medidas tendientes a contrarrestar las condiciones sociales que inciden en aumentar el riesgo de victimización de los delitos previstos en esta Ley. Artículo reformado DOF 19-01-2018

CAPÍTULO III De la Evaluación de los Programas de Prevención

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las políticas de desarrollo local son fundamentales para abordar las causas estructurales de la trata. Los contadores deben estar atentos a las oportunidades de financiamiento para estos programas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 108 del LGPSEDMTP?

El Gobierno Federal y los gobiernos estatales deben implementar programas de desarrollo local que incluyan medidas para contrarrestar las condiciones que aumentan el riesgo de trata de personas. Esto incluye acciones en salud, educación y vivienda.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 108 de la LEY para Prevenir, Sancionar y Erradicar los De...?

[IA] Las políticas de desarrollo local son fundamentales para abordar las causas estructurales de la trata. Los contadores deben estar atentos a las oportunidades de financiamiento para estos programas.

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