Las víctimas, ofendidos y testigos tienen derecho a medidas cautelares que garanticen la salvaguarda de sus derechos durante todo el proceso. Esto incluye protección personal y provisiones precautorias.
Las víctimas, ofendidos y testigos tendrán derecho a que se les dicten cualquier tipo de medidas cautelares, providencias precautorias y protección personal, que garanticen la vigencia y salvaguarda de sus derechos, las cuales tendrá vigencia durante la investigación, proceso, sentencia y ejecución de penas, y deberán ser adoptadas por el Ministerio Público y el Poder Judicial, en los términos del párrafo segundo de la fracción V del artículo 62 de la presente Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los abogados deben estar preparados para solicitar medidas cautelares adecuadas para sus clientes, asegurando así su protección durante el proceso judicial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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