LGT

Artículo 97. Artículo 97

Texto Legal

Las actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos se regularán:

a)Por las normas especiales establecidas en este título y la normativa reglamentaria dictada en su desarrollo, así como por las normas procedimentales recogidas en otras leyes tributarias y en su normativa reglamentaria de desarrollo.

b)Supletoriamente, por las disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 97 del LGT?

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