LIR-PE

Artículo 25-A. Margenes de compensacion

No constituyen renta gravable los margenes exigidos por las Camaras de Compensacion. Esto es relevante para las instituciones financieras y su tratamiento fiscal.

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Texto Legal

No constituyen renta gravable los márgenes y retornos que se exigen por las Cámaras de Compensación y Liquidación de Instrumentos Financieros Derivados con el objeto de nivelar las posiciones financieras en el contrato.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las instituciones financieras deben asegurarse de no incluir estos margenes en su renta gravable para evitar sobrecargas fiscales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 25-A del LIR-PE?

No constituyen renta gravable los margenes exigidos por las Camaras de Compensacion. Esto es relevante para las instituciones financieras y su tratamiento fiscal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 25-A de la LIR-PE?

Las instituciones financieras deben asegurarse de no incluir estos margenes en su renta gravable para evitar sobrecargas fiscales.

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