LIR-PE

Artículo 45. Deducción de renta de cuarta categoría

Se permite deducir un 20% de la renta bruta de cuarta categoría, con un límite de 24 UIT. Esta deducción es clave para la planificación fiscal de contribuyentes de esta categoría.

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Texto Legal

Para establecer la renta neta de cuarta categoría, el contribuyente podrá deducir de la renta bruta del ejercicio gravable, por concepto de todo gasto, el veinte por ciento (20%) de la misma, hasta el límite de 24 Unidades Impositivas Tributarias. La deducción que autoriza este artículo no es aplicable a las rentas percibidas por desempeño de funciones contempladas en el inciso b) del

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No aprovechar esta deducción puede resultar en una carga tributaria mayor, afectando la liquidez del contribuyente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45 del LIR-PE?

Se permite deducir un 20% de la renta bruta de cuarta categoría, con un límite de 24 UIT. Esta deducción es clave para la planificación fiscal de contribuyentes de esta categoría.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 45 de la LIR-PE?

No aprovechar esta deducción puede resultar en una carga tributaria mayor, afectando la liquidez del contribuyente.

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