LIR-PE

Artículo 89. Accion de repeticion por pagos indebidos

Los contribuyentes pueden ejercer la accion de repeticion por pagos indebidos, lo que permite a la SUNAT verificar y exigir impuestos de ejercicios gravables prescritos.

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Texto Legal

El ejercicio de la acción de repetición por pagos indebidos correspondientes a ejercicios gravables respecto de los cuales ya hubieran prescrito las acciones del Fisco, faculta a la SUNAT a verificar la materia imponible de aquellos ejercicios y, en su caso, a liquidar y exigir el impuesto que resultare, pero sólo hasta el límite del saldo repetido. LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA Capítulo XII CAPÍTULO XII DE LA ADMINISTRACIÓN DEL IMPUESTO Y SU DETERMINACIÓN SOBRE BASE PRESUNTA Capítulo sustituido por el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este mecanismo puede ser una oportunidad para recuperar montos pagados en exceso, pero requiere un seguimiento cuidadoso de los plazos de prescripcion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 89 del LIR-PE?

Los contribuyentes pueden ejercer la accion de repeticion por pagos indebidos, lo que permite a la SUNAT verificar y exigir impuestos de ejercicios gravables prescritos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 89 de la LIR-PE?

Este mecanismo puede ser una oportunidad para recuperar montos pagados en exceso, pero requiere un seguimiento cuidadoso de los plazos de prescripcion.

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