LIR-PE

Artículo 95. Artículo derogado

Este artículo ha sido derogado y no tiene aplicación en la actualidad. Su contenido no es relevante para los contribuyentes.

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Texto Legal

Artículo derogado por la Décimo Quinta Disposición Transitoria y Final del Decreto Legislativo N.° 945, publicado el 23 de diciembre de 2003.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Al estar derogado, no hay riesgo de incumplimiento relacionado con este artículo, lo que simplifica el cumplimiento tributario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 95 del LIR-PE?

Este artículo ha sido derogado y no tiene aplicación en la actualidad. Su contenido no es relevante para los contribuyentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 95 de la LIR-PE?

Al estar derogado, no hay riesgo de incumplimiento relacionado con este artículo, lo que simplifica el cumplimiento tributario.

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