Establece las reglas sobre el momento en que las personas físicas con actividad empresarial pueden efectuar sus deducciones. Confirma que las deducciones se realizan cuando han sido efectivamente erogadas (flujo de efectivo).
Las deducciones autorizadas para personas físicas con actividad empresarial se realizarán cuando hayan sido efectivamente erogadas en el ejercicio de que se trate.
Se consideran efectivamente erogadas cuando el pago se realice mediante:
- Efectivo
- Transferencia electrónica de fondos
- Cheque nominativo del contribuyente
- Tarjeta de crédito, débito o servicios
Los pagos con cheque se consideran efectivamente erogados en la fecha en que el cheque sea cobrado o cuando el contribuyente transmita el cheque a un tercero.
Tratándose de inversiones (activos fijos), las deducciones inician en el ejercicio en que se comience la utilización del bien o en el siguiente.
Los anticipos para la adquisición de mercancías, materias primas o servicios se deducen en el ejercicio en que se paguen.
Los gastos pagados por adelantado se deducen en el ejercicio en que se realice el pago, salvo que se trate de inversiones que deban depreciarse conforme a los artículos 31 a 38.
Cuando el pago se realice con bienes o servicios, la deducción procede por el valor de mercado de dichos bienes o servicios.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El momento de deduccion en actividad empresarial y profesional sigue reglas de flujo de efectivo para personas fisicas. SDV verifica que las deducciones se registren en el momento correcto para optimizar los pagos provisionales y la declaracion anual.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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