LISR

Artículo 115. Deducciones autorizadas por arrendamiento de inmuebles

Enlista las deducciones autorizadas para personas físicas con ingresos por arrendamiento de inmuebles. Incluye la opción de deducir el 35% sin comprobación (deducción ciega) más el impuesto predial.

arrendamientodeduccionesdeduccion-ciega35-porcientopredialpersonas-fisicas

Texto Legal

Artículo 115 — Deducciones por Arrendamiento

Las personas físicas que obtengan ingresos por arrendamiento podrán efectuar las siguientes deducciones:

Deducciones reales

I. El impuesto predial correspondiente al año de calendario.

II. Los gastos de mantenimiento que no impliquen adiciones o mejoras, así como consumos de agua.

III. Los intereses reales pagados por préstamos utilizados para la compra, construcción o mejoras del inmueble.

IV. Los salarios, comisiones y honorarios pagados.

V. Las primas de seguros que amparen los bienes.

VI. Las inversiones en construcciones (depreciación al 5% anual).

Deducción ciega (opción)

Los contribuyentes podrán optar por deducir el 35% de los ingresos sin necesidad de comprobación, más el impuesto predial pagado:

> Deducción = (Ingresos × 35%) + Predial

Comparativo


OpciónVentajaRequisito
Deducciones realesMayor deducción cuando gastos > 35%CFDI y contabilidad
Deducción ciegaSimplicidadSolo comprobante de predial

Aplicación anual

La opción elegida aplica para todo el ejercicio. No puede cambiarse entre deducción ciega y deducciones reales en el mismo ejercicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las deducciones autorizadas por arrendamiento incluyen la opcion de deducir el 35% de los ingresos sin comprobantes (deduccion ciega). SDV evalua cual opcion es mas conveniente para cada arrendador, comparando la deduccion ciega contra las deducciones reales comprobadas.

Herramientas Relacionadas

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 115 del LISR?

Enlista las deducciones autorizadas para personas físicas con ingresos por arrendamiento de inmuebles. Incluye la opción de deducir el 35% sin comprobación (deducción ciega) más el impuesto predial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 115 de la Ley del ISR?

Las deducciones autorizadas por arrendamiento incluyen la opcion de deducir el 35% de los ingresos sin comprobantes (deduccion ciega). SDV evalua cual opcion es mas conveniente para cada arrendador, comparando la deduccion ciega contra las deducciones reales comprobadas.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 115 LISR?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 115 del LISR, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora ISR Arrendamiento. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 115 del LISR?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 115 LISR desde tu celular