LNRD_270519

Artículo 5. Sistema de Consulta

La Secretaría contará con un Sistema de Consulta que permitirá acceder a una versión pública de las detenciones realizadas por las instituciones de seguridad pública. Esto asegura transparencia en el manejo de la información.

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Texto Legal

Con independencia de lo establecido en el artículo 3 de esta Ley, la Secretaría contará con un Sistema de Consulta del Registro que permita, a través de herramientas tecnológicas, consultar una versión pública de la información de las detenciones practicadas por las instituciones de seguridad pública, conforme a la normatividad aplicable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La implementación de un Sistema de Consulta es clave para la transparencia. Asegúrese de que los procedimientos para acceder a esta información sean claros y accesibles.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del LNRD_270519?

La Secretaría contará con un Sistema de Consulta que permitirá acceder a una versión pública de las detenciones realizadas por las instituciones de seguridad pública. Esto asegura transparencia en el manejo de la información.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la LEY Nacional del Registro de Detenciones?

[IA] La implementación de un Sistema de Consulta es clave para la transparencia. Asegúrese de que los procedimientos para acceder a esta información sean claros y accesibles.

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