Las personas adolescentes privadas de libertad deben recibir servicios de salud equivalentes a los que tendrían en libertad. Esto incluye atención médica adecuada y oportuna.
Equivalencia para el acceso al derecho a la salud Para el ejercicio de su derecho a la salud, a las personas adolescentes privadas de la libertad se les deberá aplicar el principio de equivalencia. El principio de equivalencia consiste en proveer servicios de salud de calidad a las personas adolescentes privadas de libertad, equivalentes a los servicios públicos a que tendría derecho en externamiento.
En el caso de las madres adolescentes que convivan con su hija o hijo dentro de un Centro de Internamiento, este principio se hará extensivo a los mismos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Asegurar la equivalencia en salud es esencial para el bienestar de los adolescentes. Los profesionales deben monitorear la calidad de la atención médica en los centros.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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