La Secretaría de Gobernación se encarga de formular y conducir la política interior del país, coordinar a los Secretarios de Estado y garantizar la gobernabilidad democrática. También tiene competencias en materia de migración, relaciones con partidos políticos y la laicidad del Estado.
A la Secretaría de Gobernación le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: Párrafo reformado DOF 28-11-2024
I. Formular y conducir la política interior que competa al Ejecutivo Federal y no se atribuya expresamente a otra dependencia; fomentar el desarrollo político; contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas; promover la formación cívica y la participación ciudadana, salvo en materia electoral; facilitar acuerdos políticos y consensos sociales para que, en los términos de la Constitución y las leyes, se mantengan las condiciones de unidad nacional, cohesión social, fortalecimiento de las instituciones de gobierno y gobernabilidad democrática;
II. Coordinar a los Secretarios de Estado y demás funcionarios de la Administración Pública Federal para garantizar el cumplimiento de las órdenes y acuerdos del titular del Ejecutivo Federal y por acuerdo de éste, convocar a las reuniones de gabinete; acordar con los titulares de las Secretarías de Estado, órganos desconcentrados y entidades paraestatales las acciones necesarias para dicho cumplimiento, y requerir a los mismos los informes correspondientes;
III. Conducir, siempre que no esté conferida esta facultad a otra Secretaría, las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, así como rendir las informaciones oficiales del Ejecutivo Federal. Asimismo, conducir, en el ámbito de su competencia, las relaciones del Poder Ejecutivo con los partidos políticos, organizaciones sociales y demás instituciones
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de la sociedad civil. Los titulares de las unidades de enlace legislativo de las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal serán designados por el Secretario de Gobernación y estarán adscritos administrativa y presupuestalmente a la Secretaría o dependencia respectiva;
VII Bis. Formular y coordinar la política de prevención social del delito, cultura de paz y de legalidad, mediante programas que refuercen la inclusión social y la igualdad, estrategias y acciones que contribuyan a prevenir y eliminar la discriminación o vulnerabilidad de grupos sociales, así como diseñar e instrumentar programas para la atención integral a víctimas y coadyuvar en la celebración de acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado; Fracción publicada con numeración “VII Bis” en la reforma íntegra de este artículo DOF 30-11-2018
VII Ter. Crear e implementar en forma permanente una página electrónica de consulta pública en la cual se registren los datos de las personas reportadas como desaparecidas en todo el país, así como establecer otra para los casos de mujeres y niñas; ambas plataformas tendrán como fin que la población en general contribuya con información sobre la localización de las personas desaparecidas; Fracción publicada con numeración “VII Ter” en la reforma íntegra de este artículo DOF 30-11-2018
VII Quáter. Elaborar y ejecutar los programas de reinserción social y apoyo a las personas que hayan cumplido con su sentencia y sean puestas en libertad; Fracción publicada con numeración “VII Quáter” en la reforma íntegra de este artículo DOF 30-11-2018
VII Quinquies. Proponer y ejecutar las acciones tendientes a asegurar la coordinación nacional entre la Federación, la Ciudad de México, los estados y los municipios, en el ámbito del Consejo Nacional de Seguridad Pública, para diseñar e instrumentar la política orientada a la construcción de la paz en el país; Fracción adicionada DOF 28-11-2024
Federal y las relaciones con los medios masivos de información; administrar, salvo lo establecido en las leyes electorales, el tiempo de que dispone el Estado en radio y televisión; así como autorizar, supervisar y evaluar los programas de comunicación social y publicidad de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
VIII Bis. Coordinar al órgano administrativo desconcentrado encargado de documentar las actividades públicas de la persona titular del Ejecutivo Federal, mediante la producción de programas informativos y especiales, para su difusión en los medios electrónicos de comunicación, así como atender las solicitudes de la Oficina de la Presidencia de la República y de la Secretaría de Gobernación; Fracción adicionada DOF 28-11-2024
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otros entes, públicos o privados, que lo soliciten, recibiendo las contraprestaciones respectivas por tales servicios;
XVIII. Compilar y sistematizar las leyes, tratados internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y disposiciones federales, estatales y municipales, así como establecer el banco de datos correspondiente, con objeto de proporcionar información a través de los sistemas electrónicos de datos;
XIX. Conducir las relaciones del Gobierno Federal con el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado;
XX. Intervenir en los nombramientos, aprobaciones, designaciones, destituciones, renuncias y jubilaciones de servidores públicos que no se atribuyan expresamente por la ley a otras dependencias del Ejecutivo;
XXI. Asistir en lo relativo al ejercicio de las facultades que otorgan a la persona titular del Ejecutivo Federal los artículos 96 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto de la elección de las personas integrantes del Poder Judicial; Fracción reformada DOF 28-11-2024
XXII. Llevar el registro de autógrafos de los funcionarios federales, de los Gobernadores de los Estados y del jefe de gobierno de la Ciudad de México y legalizar las firmas de los mismos;
XXIII. Fijar los calendarios oficial y cívico, y Fracción reformada DOF 28-11-2024
XXIV. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos. Artículo reformado DOF 31-12-1980, 04-01-1982, 29-12-1982, 28-12-1994, 04-01-1999, 18-05-1999, 30-11-2000, 02-06-2006, 09-04-2012, 02-01-2013, 20-05-2014. Artículo con declaratorias de invalidez parcial por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad DOF 11-02-2015 (publicada por segunda ocasión DOF 19-03-2015). Artículo reformado DOF 13-05-2015, 09-03-2018, 30-11-2018
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo es fundamental para entender el papel de la Secretaría de Gobernación en la política mexicana. Es importante que los contadores y abogados estén al tanto de las implicaciones de la política interior en la regulación de actividades económicas y sociales.
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