La Secretaría de Marina se encarga de la organización y administración de la Armada, así como de la vigilancia de las costas y mares mexicanos. También regula la marina mercante y la seguridad marítima.
A la Secretaría de Marina corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I.- Organizar, administrar y preparar la Armada;
II.- Manejar el activo y las reservas de la Armada en todos sus aspectos;
III.- Conceder licencias y retiros, e intervenir en las pensiones de los miembros de la Armada;
IV.- Ejercer:
a. La soberanía en el mar territorial, su espacio aéreo y costas del territorio;
b. Vigilancia, visita, inspección u otras acciones previstas en las disposiciones jurídicas aplicables en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias.
Cuando en ejercicio de estas funciones, se presente la posible comisión de un hecho que la ley señale como delito, se pondrá a disposición ante la autoridad competente a las personas, objetos, instrumentos y productos relacionados al mismo, y Inciso reformado DOF 19-05-2017
c. Las medidas y competencias que le otorguen los ordenamientos legales y los instrumentos internacionales de los que México sea parte, en la Zona Contigua y en la Zona Económica Exclusiva. Fracción reformada DOF 04-05-2006
a) Cumplimiento del orden jurídico nacional en las materias de su competencia;
b) Seguridad marítima, salvamento en caso de accidentes o incidentes de embarcaciones y búsqueda y rescate para salvaguardar la vida humana en la mar y el control de tráfico marítimo;
c) Prevención de la contaminación marina originada por embarcaciones o artefactos navales, así como el vertimiento de desechos y otras materias al mar distintas al de aguas residuales, y Inciso reformado DOF 07-12-2020
d) Protección marítima y portuaria, en los términos que fijan los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte y la normatividad nacional en la materia, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias de la Administración Pública Federal; Inciso reformado DOF 07-12-2020 Fracción reformada DOF 04-05-2006, 26-12-2013, 19-12-2016
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
V Bis. Regular las comunicaciones y transportes por agua, así como formular y conducir las políticas y programas para su desarrollo, de acuerdo a las necesidades del país; Fracción adicionada DOF 07-12-2020
VI Bis. Regular, promover y organizar a la marina mercante, así como establecer los requisitos que deba satisfacer el personal técnico de la marina mercante y conceder las licencias y autorizaciones respectivas; Fracción adicionada DOF 07-12-2020
VII.- Mantener el estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios, ejerciendo funciones de guardia costera a través de la Armada; Fracción reformada DOF 04-05-2006, 19-05-2017
VII Bis.- Establecer y dirigir el Servicio de Búsqueda y Rescate para la salvaguarda de la vida humana en la mar; Fracción adicionada DOF 04-05-2006. Reformada DOF 26-12-2013
VII Ter.- Regular, vigilar la seguridad de la navegación y la vida humana en el mar y supervisar a la marina mercante; Fracción adicionada DOF 19-12-2016
VII Quáter.- Administrar y operar el señalamiento marítimo, así como proporcionar los servicios de información y seguridad para la navegación marítima; Fracción adicionada DOF 19-12-2016
VIII.- Inspeccionar los servicios de la Armada;
X.- Establecer y administrar los almacenes y estaciones de combustibles y lubricantes de la Armada;
XI.- Ejecutar los trabajos hidrográficos de las costas, islas, puertos y vías navegables, así como organizar el archivo de cartas marítimas y las estadísticas relativas; Fracción reformada DOF 04-05-2006
XII.- Intervenir en el otorgamiento de permisos para expediciones o exploraciones científicas, extranjeras o internacionales en aguas nacionales;
XII Bis. Adjudicar y otorgar contratos, concesiones y permisos para el establecimiento y explotación de servicios relacionados con las comunicaciones y transportes por agua con embarcaciones o artefactos navales; Fracción adicionada DOF 07-12-2020
XII Ter. Coordinar la implementación de las acciones necesarias con las demás dependencias de la Administración Pública Federal, para el cumplimiento de las disposiciones nacionales e internacionales en materia marítima, en el ámbito de su competencia; LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Fracción adicionada DOF 07-12-2020
XIII.- Intervenir en la administración de la justicia militar;
XIV.- Construir, mantener y operar astilleros, diques, varaderos, dragas, unidades y establecimientos navales y aeronavales, para el cumplimiento de la misión de la Armada de México, así como prestar servicios en el ámbito de su competencia que coadyuven al desarrollo marítimo nacional, de conformidad con las disposiciones aplicables y en concordancia con las políticas y programas que para dicho desarrollo determine la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y las demás dependencias que tengan relación con el mismo; Fracción reformada DOF 04-05-2006, 20-10-2021
XIV Bis. Coordinar en los puertos marítimos y fluviales las actividades y servicios marítimos y portuarios, los medios de transporte que operen en ellos y los servicios principales, auxiliares y conexos de las vías generales de comunicación para su eficiente operación y funcionamiento; Fracción adicionada DOF 07-12-2020
XIV Ter. Administrar los puertos centralizados y coordinar los de la administración paraestatal, y otorgar concesiones y permisos para la ocupación de las zonas federales dentro de los recintos portuarios; Fracción adicionada DOF 07-12-2020
XIV Quáter. Fijar las normas técnicas del funcionamiento y operación de los servicios públicos de comunicaciones y transportes por agua y las tarifas para el cobro de los mismos; otorgar concesiones y permisos, y fijar las tarifas y reglas de aplicación de todas las maniobras y servicios marítimos, portuarios, auxiliares y conexos relacionados con las comunicaciones y transportes por agua; así como participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el establecimiento de las tarifas de los servicios que presta la Administración Pública Federal de comunicaciones y transportes por agua; Fracción adicionada DOF 07-12-2020
XV.- Emitir opinión con fines de seguridad nacional en los proyectos de construcción de toda clase de vías generales de comunicación por agua y sus partes, relacionados con la ingeniería portuaria marítima y señalamiento marino; Fracción reformada DOF 04-05-2006
XVI.- Organizar y prestar los servicios de sanidad naval;
XVII.- Programar, fomentar, desarrollar y ejecutar, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias, los trabajos de investigación científica y tecnológica en las ciencias marítimas, creando los institutos de investigación necesarios; Fracción reformada DOF 04-05-2006
XVIII.- Integrar el archivo de información oceanográfica nacional, y
XIX.- Celebrar acuerdos en el ámbito de su competencia con otras dependencias e instituciones nacionales o extranjeras, en los términos de los tratados internacionales y conforme a la legislación vigente; Fracción adicionada DOF 04-05-2006
XX.- Ejercer acciones para llevar a cabo la defensa y seguridad nacionales en el ámbito de su responsabilidad, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
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Fracción adicionada DOF 04-05-2006. Reformada DOF 19-12-2016
XXI.- Participar y llevar a cabo las acciones que le corresponden dentro del marco del sistema nacional de protección civil para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población en situaciones de desastre; Fracción adicionada DOF 04-05-2006
XXII.- Adquirir, diseñar y fabricar armamento, municiones, vestuario, y toda clase de medios navales e ingenios materiales, así como intervenir en la importación y exportación de éstos, cuando, sean de uso exclusivo de la Secretaría de Marina-Armada de México; Fracción adicionada DOF 04-05-2006
XXIII.- Prestar los servicios auxiliares que requiera la Armada, así como los servicios de apoyo a otras dependencias federales, de las entidades federativas y de los municipios que lo soliciten o cuando así lo señale el titular del Ejecutivo Federal; Fracción adicionada DOF 04-05-2006
XXIV.- Intervenir, en el ámbito de su responsabilidad, en la protección y conservación del medio ambiente marino sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias; Fracción adicionada DOF 04-05-2006
XXV. Inspeccionar, patrullar y llevar a cabo labores de reconocimiento y vigilancia para preservar, las Áreas Naturales Protegidas, en coordinación con las autoridades competentes y de conformidad con las disposiciones aplicables; Fracción adicionada DOF 04-05-2006. Reformada DOF 01-12-2023
XXVI. Coadyuvar en la vigilancia y protección de las instalaciones estratégicas y prioritarias del país, vinculadas al desarrollo nacional, y Fracción adicionada DOF 01-12-2023
XXVII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos. Fracción reformada y recorrida DOF 04-05-2006. Recorrida DOF 01-12-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La regulación marítima es crucial para el comercio exterior. Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre las normativas que afectan la operación en puertos y aguas nacionales.
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