Este artículo ha sido derogado, lo que implica que ya no tiene validez legal. Se menciona su historial de reformas y su impacto en la legislación actual.
(Se deroga). Artículo adicionado DOF 11-08-2014. Reformado DOF 03-05-2023. Derogado DOF 18-03-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los profesionales del derecho estén al tanto de las derogaciones, ya que esto puede afectar la interpretación y aplicación de la ley en casos específicos.
Anterior
Art. 43 Bis. Proyectos de Iniciativas a la Consejería Jurídica
Siguiente
Art. 44. Órganos Internos de Control
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo