Este artículo establece la creación del Gabinete Social de la Presidencia, encargado de coordinar la asignación de bienes relacionados con hechos ilícitos. Se detalla su composición y funciones.
El Gabinete Social de la Presidencia de la República es la instancia colegiada de formulación y coordinación de la asignación y transferencia de los bienes a los que se refiere el párrafo cuarto del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los bienes asegurados y decomisados en los procedimientos penales federales, el cual estará integrado por: Párrafo publicado sin cambios DOF 28-11-2024
I. La persona Titular del Ejecutivo Federal, quien lo presidirá;
II. La persona Titular de la Secretaría de Bienestar, quien encabezará la Secretaría Ejecutiva;
III. La persona Titular de la Secretaría de Gobernación;
IV. La persona Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
V. La persona Titular de la Secretaría de Educación Pública;
VI. La persona Titular de la Secretaría de Salud;
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
VII. La persona Titular de la Dirección General del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, quien encabezará la Secretaría Técnica; Fracción reformada DOF 22-01-2020
VIII. La persona Titular de la Dirección General del Instituto Mexicano del Seguro Social;
IX. La persona Titular de la Dirección General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;
X. La persona Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y
XI. La persona Titular de la Comisión Nacional contra las Adicciones.
XII. La persona titular de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación. Fracción adicionada DOF 28-11-2024
Los integrantes del Gabinete Social de la Presidencia de la República no podrán nombrar suplente. En caso de ausencia de la persona titular del Ejecutivo Federal, la persona Titular de la Secretaría Ejecutiva presidirá la reunión. Párrafo reformado DOF 28-11-2024
Podrán ser invitados otras personas titulares de las Secretarías de Estado o personas titulares de entidades paraestatales a las sesiones de este Gabinete. Párrafo reformado DOF 28-11-2024 Artículo adicionado DOF 09-08-2019
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es relevante que los abogados y contadores comprendan las funciones del Gabinete Social, ya que esto puede influir en la gestión de bienes y recursos en el ámbito social.
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