Este articulo establece la responsabilidad del Gobierno Federal por las operaciones de Nacional Financiera. Es clave para entender la seguridad de las transacciones.
El Gobierno Federal responderá en todo tiempo: Párrafo reformado DOF 24-06-2002
I. De las operaciones que celebre la Sociedad con personas físicas o morales nacionales; Fracción reformada DOF 24-06-2002
II.- De las operaciones concertadas por la Sociedad con instituciones extranjeras privadas, gubernamentales o intergubernamentales; y
III.- De los depósitos a que se refieren los artículos 7o. y 8o. de la presente Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La responsabilidad del Gobierno Federal proporciona un nivel de seguridad a los inversionistas y acreedores, lo que puede facilitar el acceso a financiamiento.
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