170_171215

Artículo 7. Facultades del Director General

El Director General tiene diversas facultades y obligaciones, incluyendo la representación legal del Instituto y la aprobación de programas de trabajo. Este artículo detalla sus responsabilidades clave.

facultadesobligacionesdirector general

Texto Legal

Son facultades y obligaciones del Director General:

I. Representar legalmente al Instituto.

II. Otorgar, revocar y sustituir poderes.

III. Acordar con el Secretario de Cultura los asuntos de su competencia. Fracción reformada DOF 17-12-2015

IV. Presidir las sesiones del Consejo General Consultivo y propiciar sus resoluciones.

V. Autorizar y hacer cumplir los programas de trabajo del Instituto.

VI. Nombrar y remover al personal de confianza en los términos de la legislación aplicable.

VII. Proponer al Secretario de Cultura los proyectos de reglamentos y aprobar los manuales internos necesarios para el funcionamiento y operación del Instituto. Fracción reformada DOF 17-12-2015

VIII. Celebrar contratos y realizar toda clase de actos de dominio.

IX. Presentar oportunamente, a las autoridades federales competentes, el proyecto de presupuesto anual.

X. Presentar al Secretario de Cultura un informe anual de actividades del Instituto y el programa de trabajo anual a desarrollar. Fracción reformada DOF 17-12-2015

XI. Celebrar convenios con personas físicas o jurídicas y con organismos públicos o privados, nacionales, internacionales o extranjeros.

XII. Las demás que le confieran otras leyes, los reglamentos y el Secretario de Cultura. Fracción reformada DOF 17-12-2015 Artículo reformado DOF 13-01-1986

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las facultades del Director General son esenciales para la operatividad del Instituto. Esto puede influir en la forma en que se gestionan los proyectos y se toman decisiones estratégicas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del 170_171215?

El Director General tiene diversas facultades y obligaciones, incluyendo la representación legal del Instituto y la aprobación de programas de trabajo. Este artículo detalla sus responsabilidades clave.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la LEY Orgánica del Instituto Nacional de Antropol...?

[IA] Las facultades del Director General son esenciales para la operatividad del Instituto. Esto puede influir en la forma en que se gestionan los proyectos y se toman decisiones estratégicas.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 7 del 170_171215?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 7 170_171215 desde tu celular