171

Artículo 11. Organismos Auxiliares

Los organismos auxiliares del Instituto, como el Centro de Investigación y la Comisión de Operación, ayudan en la realización de sus finalidades educativas y de investigación.

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Texto Legal

Son organismos auxiliares del Instituto:

I.- El Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional;

II.- La Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional;

III.- El Patronato de Obras e Instalaciones del Instituto Politécnico Nacional.

Los organismos auxiliares coadyuvarán a la mejor realización de las finalidades del Instituto, de acuerdo con esta Ley y los ordenamientos que los rigen.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboración con organismos auxiliares puede potenciar los proyectos del Instituto. Es recomendable que los asesores busquen sinergias con estos organismos para maximizar recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 11 del 171?

Los organismos auxiliares del Instituto, como el Centro de Investigación y la Comisión de Operación, ayudan en la realización de sus finalidades educativas y de investigación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 11 de la LEY Orgánica del Instituto Politécnico Nacional?

[IA] La colaboración con organismos auxiliares puede potenciar los proyectos del Instituto. Es recomendable que los asesores busquen sinergias con estos organismos para maximizar recursos.

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