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Artículo 16. Facultades del Secretario General

El Secretario General tiene diversas facultades y obligaciones, incluyendo auxiliar al Director General y certificar documentos. Su rol es crucial para el funcionamiento del Instituto Politécnico Nacional.

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Texto Legal

Son facultades y obligaciones del Secretario General:

I.- Auxiliar al Director General en el ejercicio de sus funciones;

II.- Desempeñar las comisiones que el Director General le encomiende;

III.- Visitar periódicamente las dependencias y organismos auxiliares del Instituto Politécnico Nacional y rendir al Director General los informes correspondientes;

LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 29-12-1981 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

IV.- Presentar al Director General los proyectos de informe y memoria anuales de las actividades del Instituto;

V.- Certificar las firmas de los documentos suscritos por los funcionarios del Instituto cuando aquéllos deban ser exhibidos ante las autoridades que así lo requieran;

VI.- Suplir en sus ausencias temporales al Director General en el ejercicio de sus funciones; y

VII.- Las demás que prevean esta Ley y otros ordenamientos aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los contadores y abogados conozcan las funciones del Secretario General, ya que su actuación impacta en la gestión administrativa del Instituto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del 171?

El Secretario General tiene diversas facultades y obligaciones, incluyendo auxiliar al Director General y certificar documentos. Su rol es crucial para el funcionamiento del Instituto Politécnico Nacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 16 de la LEY Orgánica del Instituto Politécnico Nacional?

[IA] Es importante que los contadores y abogados conozcan las funciones del Secretario General, ya que su actuación impacta en la gestión administrativa del Instituto.

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