Los entes públicos deben seguir criterios y principios establecidos en la Ley General de Comunicación Social al contratar publicidad, además de las disposiciones de esta Ley.
En caso de que la contratación se lleve a cabo por un ente público, sin perjuicio de las disposiciones de esta Ley, se deberá atender a los criterios, principios y disposiciones previstas en la Ley General de Comunicación Social y demás ordenamientos aplicables en la materia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los entes públicos deben ser especialmente cuidadosos en cumplir con ambas leyes para evitar sanciones. La coordinación entre departamentos es clave.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo