La CNBV determinará qué ITF deben contar con un consejo de administración y un director general, asegurando la buena gobernanza en las instituciones. Se establecen requisitos para la composición del consejo.
La CNBV, en disposiciones de carácter general, determinará aquellas ITF que en consideración al número de Operaciones o Clientes que tengan, modelos de negocios, activos intermediados o nivel de capital neto, deberán contar con un consejo de administración y con un director general.
Para efectos del párrafo anterior, el consejo de administración deberá estar integrado por un máximo de nueve consejeros propietarios, de los cuales cuando menos el veinte por ciento deberán ser independientes. Por cada consejero propietario se podrá designar a un suplente. Asimismo, los consejeros suplentes de los consejeros independientes deberán tener el mismo carácter de independientes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La composición del consejo de administración es clave para la toma de decisiones en las ITF. Se debe asegurar que los consejeros cumplan con los requisitos establecidos para evitar conflictos de interés.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo