1. La interposición del recurso deberá expresar:
2. El error o la ausencia de la calificación del recurso por parte del recurrente no será obstáculo para su tramitación, siempre que se deduzca su verdadero carácter.
3. Los vicios y defectos que hagan anulable un acto no podrán ser alegados por quienes los hubieren causado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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