Las dependencias deben someter sus anteproyectos de regulacion a la CONAMER para revision y dictamen, adjuntando la manifestacion de impacto regulatorio correspondiente.
Las dependencias y los organismos descentralizados de la administracion publica federal deberan someter a la opinion de la CONAMER todo anteproyecto de disposiciones de caracter general.
1. La dependencia elabora el anteproyecto de regulacion
2. Prepara la Manifestacion de Impacto Regulatorio (MIR)
3. Somete ambos documentos a la CONAMER
4. La CONAMER emite dictamen dentro de los 30 dias habiles siguientes
5. La dependencia incorpora las observaciones de la CONAMER
No requieren MIR las disposiciones de caracter:
- Emergente para situaciones de urgencia
- Fiscal que no impliquen nuevos tramites
- Presupuestal interno de las dependencias
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El proceso de revision de anteproyectos por la CONAMER es una garantia de calidad regulatoria. Si una regulacion fue publicada sin pasar por este proceso, puede ser impugnada por violar el procedimiento de mejora regulatoria. Recomendamos a nuestros clientes verificar que las regulaciones que les afectan hayan cumplido con la revision de la CONAMER.
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