LFPCA

Artículo 58-Q. Pruebas en el juicio en línea

Regula el ofrecimiento y desahogo de pruebas en el juicio en línea, incluyendo la digitalización de documentos y el desahogo de pruebas presenciales.

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Texto Legal

Artículo 58-Q – Pruebas en el Juicio en Línea

Las pruebas en el juicio en línea se ofrecerán y desahogarán conforme a las siguientes reglas:

I. Las pruebas documentales se ofrecerán en formato digital.

II. La prueba pericial podrá desahogarse mediante la presentación digital de los dictámenes.

III. La prueba testimonial y la inspección judicial se desahogarán de manera presencial, notificándose a las partes la fecha y hora correspondientes.

Reglas especiales

- Los documentos originales podrán ser requeridos para cotejo cuando la contraparte los objete
- Los dictámenes periciales se presentan en formato digital firmado electrónicamente
- Las pruebas que requieran actuación presencial se programan conforme a las reglas del juicio ordinario

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El manejo de pruebas en el juicio en línea requiere especial cuidado en la digitalización. En SDV Asesores nos aseguramos de que los documentos digitalizados sean legibles y cumplan con los formatos requeridos por el sistema.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 58-Q del LFPCA?

Regula el ofrecimiento y desahogo de pruebas en el juicio en línea, incluyendo la digitalización de documentos y el desahogo de pruebas presenciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 58-Q de la Ley de Procedimiento Contencioso?

El manejo de pruebas en el juicio en línea requiere especial cuidado en la digitalización. En SDV Asesores nos aseguramos de que los documentos digitalizados sean legibles y cumplan con los formatos requeridos por el sistema.

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