LFPDPPP

Artículo 37. Excepciones a transferencias con consentimiento

Enumera los supuestos en los que las transferencias nacionales o internacionales de datos personales pueden realizarse sin el consentimiento del titular, incluyendo transferencias entre empresas del mismo grupo corporativo.

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Texto Legal

Articulo 37 - Excepciones a transferencias

Las transferencias nacionales o internacionales de datos podran llevarse a cabo sin el consentimiento del titular cuando se de alguna de las siguientes situaciones:

Supuestos de excepcion

- I. Cuando la transferencia este prevista en una Ley o Tratado en los que Mexico sea parte
- II. Cuando la transferencia sea necesaria para la prevencion o el diagnostico medico, la prestacion de asistencia sanitaria, tratamiento medico o la gestion de servicios sanitarios
- III. Cuando la transferencia sea efectuada a sociedades controladoras, subsidiarias o afiliadas bajo el control comun del responsable, o a una sociedad matriz o a cualquier sociedad del mismo grupo del responsable que opere bajo los mismos procesos y politicas internas
- IV. Cuando la transferencia sea necesaria por virtud de un contrato celebrado o por celebrar en interes del titular, por el responsable y un tercero
- V. Cuando la transferencia sea necesaria o legalmente exigida para la salvaguarda de un interes publico, o para la procuracion o administracion de justicia
- VI. Cuando la transferencia sea precisa para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial
- VII. Cuando la transferencia sea precisa para el mantenimiento o cumplimiento de una relacion juridica entre el responsable y el titular

Transferencias dentro del grupo corporativo

La excepcion para transferencias dentro del grupo corporativo es especialmente relevante para empresas multinacionales. Sin embargo, todas las entidades del grupo deben operar bajo los mismos procesos y politicas internas de proteccion de datos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Las excepciones al consentimiento en transferencias son especialmente relevantes para grupos corporativos y empresas con operaciones internacionales. La fraccion III permite transferencias dentro del grupo sin consentimiento, pero solo cuando todas las entidades operen bajo los mismos procesos y politicas internas de proteccion de datos. Recomendamos formalizar estas politicas corporativas y documentar el cumplimiento uniforme en todas las entidades del grupo para poder invocar esta excepcion con seguridad juridica.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LFPDPPP?

Enumera los supuestos en los que las transferencias nacionales o internacionales de datos personales pueden realizarse sin el consentimiento del titular, incluyendo transferencias entre empresas del mismo grupo corporativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la Ley de Datos Personales?

SDV Asesores: Las excepciones al consentimiento en transferencias son especialmente relevantes para grupos corporativos y empresas con operaciones internacionales. La fraccion III permite transferencias dentro del grupo sin consentimiento, pero solo cuando todas las entidades operen bajo los mismos procesos y politicas internas de proteccion de datos. Recomendamos formalizar estas politicas corporativas y documentar el cumplimiento uniforme en todas las entidades del grupo para poder invocar esta excepcion con seguridad juridica.

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