La Comisión requerirá un informe a los poderes señalados como contraparte sobre los actos consignados por los promoventes. Este informe deberá ser rendido en un plazo de quince días hábiles e incluir pruebas necesarias.
La Comisión requerirá un informe al o a los Poderes señalados como contraparte, respecto de los actos o los hechos consignados por el o los promoventes de la intervención.
Dicho informe se rendirá en un plazo de quince días hábiles a partir de la notificación e incluirá, de ser necesario, las pruebas que acrediten los hechos en él referidos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los contadores y abogados estén al tanto de los plazos establecidos para la presentación de informes, ya que el incumplimiento puede afectar el desarrollo del proceso.
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