LRFXIIIB_Art123

Artículo 5. Normatividad Supletoria

Establece que las disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado son aplicables, junto con otras leyes, en lo que no se opongan a esta Ley.

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Texto Legal

A las relaciones laborales materia de esta Ley les serán aplicables, en cuanto no se opongan a ella, las disposiciones contenidas en los Títulos Tercero, Cuarto, Séptimo, Octavo y Décimo de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

En lo no previsto, se aplicarán supletoriamente y en su orden, la Ley Federal del Trabajo, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, las leyes del orden común, la costumbre, el uso, los principios generales del derecho y la equidad. Párrafo reformado DOF 14-11-2025

Los trabajadores de las instituciones quedan sujetos al régimen de seguridad social previsto en la Ley del Seguro Social y en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las instituciones deben estar al tanto de las leyes supletorias que pueden afectar sus relaciones laborales. Es recomendable realizar auditorías legales periódicas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del LRFXIIIB_Art123?

Establece que las disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado son aplicables, junto con otras leyes, en lo que no se opongan a esta Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la LEY Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del A...?

[IA] Las instituciones deben estar al tanto de las leyes supletorias que pueden afectar sus relaciones laborales. Es recomendable realizar auditorías legales periódicas.

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