La presidencia del Consejo Técnico convocará a sesiones mediante comunicado escrito o electrónico, asegurando su recepción. Las convocatorias deben enviarse con al menos cinco días hábiles de anticipación.
La presidencia del Consejo Técnico, a través de la Secretaría Técnica, convocará a las sesiones mediante comunicado escrito o en forma electrónica, asegurando su recepción.
En dicho comunicado se deberá indicar el día, la hora y el domicilio físico o electrónico para su celebración presencial o remota, lo cual quedará asentado en el acta respectiva. La convocatoria también incluirá el orden del día y, de ser el caso, la documentación correspondiente, y deberá ser enviada con al menos cinco días hábiles de anticipación.
Para sesionar deberá contarse con la presencia de la mayoría de sus integrantes y las resoluciones que adopten serán válidas cuando se aprueben por la mayoría simple de los miembros presentes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La anticipación en las convocatorias es esencial para garantizar la asistencia y preparación de los miembros, lo que impacta en la calidad de las decisiones tomadas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo