Los profesionistas asalariados no están obligados a pagar cuotas a los colegios hasta que regresen al ejercicio libre. Esto les proporciona un alivio financiero temporal.
Los profesionistas asalariados que pertenezcan a los Colegios, no están obligados a cubrir las cuotas que fijen éstos, sino hasta que vuelvan al libre ejercicio profesional.
CAPITULO VII Del servicio social de estudiantes y profesionistas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los colegios informen a sus miembros sobre esta disposición para evitar malentendidos y asegurar el cumplimiento de las normativas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo