El sujeto obligado debe notificar al promovente su decisión en un plazo de tres días hábiles. Esta notificación es un paso importante en el proceso de réplica.
El sujeto obligado tendrá hasta tres días hábiles, contados a partir de la fecha en que emitió su resolución, para notificar al promovente su decisión en el domicilio que para tal efecto haya señalado en el escrito presentado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Asegúrese de que los medios tengan un sistema eficiente para notificar resoluciones. Esto es clave para la transparencia y la confianza del público.
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