Establece que el SAT debera observar en el ejercicio de sus atribuciones los principios de legalidad, eficiencia, eficacia, economia, honradez y transparencia, asi como los derechos de los contribuyentes reconocidos en la Constitucion y las leyes.
El Servicio de Administracion Tributaria, para el despacho de los asuntos de su competencia, observara los principios de legalidad, eficiencia, eficacia, economia, honradez y transparencia.
Los principios que rigen la actuacion del SAT estan enraizados en el articulo 134 de la Constitucion Politica y en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente:
| Principio | Significado | Implicacion practica |
|---|---|---|
| **Legalidad** | Solo puede actuar conforme a lo que la ley le autoriza | Todo acto debe estar fundado y motivado |
| **Eficiencia** | Lograr los mejores resultados con los recursos disponibles | Optimizacion de procesos de recaudacion |
| **Eficacia** | Cumplir con los objetivos y metas establecidos | Metas de recaudacion y servicio |
| **Economia** | Uso racional y austero de los recursos publicos | Control del gasto operativo |
| **Honradez** | Actuar con integridad y probidad | Combate a la corrupcion interna |
| **Transparencia** | Informacion accesible al publico | Publicacion de datos y estadisticas |
Estos principios se complementan con los derechos del contribuyente reconocidos en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente (LFDC):
- Derecho a ser informado y asistido
- Derecho a ser tratado con el debido respeto y consideracion
- Derecho a la presuncion de buena fe
- Derecho a obtener las certificaciones y copias de sus declaraciones
- Derecho a no aportar documentos que ya obren en poder del SAT
Cuando el SAT actua en contravencion de estos principios, los contribuyentes pueden:
1. Impugnar el acto ante el TFJA por vicios de legalidad
2. Presentar queja ante PRODECON
3. Denunciar ante el organo interno de control
4. Solicitar amparo ante el Poder Judicial Federal
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los principios de actuacion del SAT son fundamentales en la practica de defensa fiscal. En SDV Asesores invocamos frecuentemente estos principios cuando la autoridad fiscal actua de manera desproporcionada o cuando no respeta los derechos del contribuyente. El principio de eficiencia, por ejemplo, ha sido utilizado por tribunales para censurar auditorias que se prolongan injustificadamente. El principio de economia sirve de base para cuestionar requerimientos excesivos de informacion. Recomendamos a nuestros clientes conocer estos principios porque fortalecen su posicion ante cualquier actuacion irregular del SAT.
Art. 1. Naturaleza juridica del SAT
Establece que el Servicio de Administracion Tributaria es un organo desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Credito Publico, con el caracter de autoridad fiscal, y con las atribuciones y facultades ejecutivas que senala esta ley.
Art. 2. Objeto del SAT
Define el objeto del Servicio de Administracion Tributaria: la realizacion de una actividad estrategica del Estado consistente en la determinacion, liquidacion y recaudacion de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos federales y sus accesorios.
Art. 7. Atribuciones del SAT
Enumera las atribuciones del Servicio de Administracion Tributaria, incluyendo la recaudacion de contribuciones, fiscalizacion, cobro coactivo, aplicacion de la legislacion aduanera, determinacion de creditos fiscales, imposicion de sanciones y representacion del interes del fisco federal.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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