LSAT

Artículo 8-B. Sesiones de la Junta de Gobierno

Regula las sesiones de la Junta de Gobierno del SAT, estableciendo la periodicidad minima de reuniones, las reglas de quorum, la forma de tomar acuerdos y la participacion de invitados con voz pero sin voto.

Junta de Gobiernosesionesquorumvotacionactas

Texto Legal

Articulo 8-B - Sesiones de la Junta de Gobierno

La Junta de Gobierno celebrara sesiones ordinarias por lo menos cuatro veces al anho, y las extraordinarias que proponga el Presidente o al menos tres de sus miembros.

Reglas de las sesiones

Quorum: Las sesiones seran validas con la asistencia de por lo menos cuatro de sus miembros, siempre que entre ellos se encuentre el Presidente de la Junta.

Votacion: Los acuerdos se tomaran por mayoria de votos de los miembros presentes. El Presidente tendra voto de calidad en caso de empate.

Convocatoria: Las convocatorias se haran por escrito, con al menos cinco dias habiles de anticipacion para sesiones ordinarias y tres dias para extraordinarias.

Tipos de sesiones


TipoPeriodicidadAsuntosConvocatoria
**Ordinaria**Minimo 4 al anho (trimestral)Agenda programada5 dias habiles
**Extraordinaria**Segun necesidadAsuntos urgentes3 dias habiles

Participantes con voz pero sin voto

Pueden asistir a las sesiones con derecho a voz pero sin voto:

1. El comisario designado por la Secretaria de la Funcion Publica
2. El titular del organo interno de control del SAT
3. Los invitados que determine el Presidente de la Junta para tratar asuntos especificos

Actas de las sesiones

De cada sesion se levantara un acta que debera contener:

- Orden del dia y asuntos tratados
- Asistentes y verificacion de quorum
- Acuerdos adoptados y sentido de la votacion
- Firmas del Presidente y del Secretario de la Junta

Secretario de la Junta

El Jefe del SAT fungira como Secretario de la Junta de Gobierno, con la responsabilidad de preparar el orden del dia, convocar las sesiones, levantar las actas y dar seguimiento a los acuerdos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las reglas de sesiones de la Junta de Gobierno son un aspecto tecnico que rara vez impacta directamente a los contribuyentes, pero tiene relevancia juridica. En SDV Asesores hemos analizado casos donde la validez de disposiciones aprobadas por la Junta fue cuestionada por posibles vicios en el quorum o en la convocatoria. Aunque estos argumentos son excepcionales, pueden ser utiles en casos donde se impugna la validez formal de normas internas del SAT que fundamentan actos de autoridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8-B del LSAT?

Regula las sesiones de la Junta de Gobierno del SAT, estableciendo la periodicidad minima de reuniones, las reglas de quorum, la forma de tomar acuerdos y la participacion de invitados con voz pero sin voto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8-B de la Ley del SAT?

Las reglas de sesiones de la Junta de Gobierno son un aspecto tecnico que rara vez impacta directamente a los contribuyentes, pero tiene relevancia juridica. En SDV Asesores hemos analizado casos donde la validez de disposiciones aprobadas por la Junta fue cuestionada por posibles vicios en el quorum o en la convocatoria. Aunque estos argumentos son excepcionales, pueden ser utiles en casos donde se impugna la validez formal de normas internas del SAT que fundamentan actos de autoridad.

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