LGSS

Artículo 238. Artículo 238

Texto Legal

1. Las mejoras voluntarias de la acción protectora de este Régimen General podrán efectuarse a través de:

a)Mejora directa de las prestaciones.

b)Establecimiento de tipos de cotización adicionales.

2. La concesión de mejoras voluntarias por las empresas deberá ajustarse a lo establecido en esta sección y en las normas dictadas para su aplicación y desarrollo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 238 del LGSS?

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