Esta ley regula el artículo 93 de la Constitución en relación con la información que el Senado puede requerir sobre tratados internacionales. Se enfoca en aspectos como comercio, inversiones y cooperación económica.
Esta ley es de orden público y tiene como objeto reglamentar el artículo 93 de la Constitución General de la República en materia de las facultades constitucionales del Senado de requerir información a los secretarios de estado, jefes de departamento administrativo, así como a los directores de los organismos descentralizados competentes sobre la negociación, celebración y aprobación de tratados relacionados con el comercio de mercancías, servicios, inversiones, transferencia de tecnología, propiedad intelectual, doble tributación, cooperación económica y con las demás materias a que se refiere este ordenamiento cuando se relacionen con las anteriores.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este articulo establece el marco legal para la interacción entre el Senado y el Ejecutivo en la negociación de tratados. Es crucial para entender las facultades del Senado en la supervisión de acuerdos internacionales.
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